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Mensajes - Bielet

#1
DGT / Re:Instrucción 19/V-134.-Matriculación de vehículos L1e-A
Miércoles 28 de Agosto de 2019. 12:22 horas.
Cita de: Bielet en Martes 27 de Agosto de 2019. 12:55 horas.
Buenos días,
al parecer esta instrucción ha sido retirada de la web de la DGT. Se sabe si es que ha sido derogada o anulada?...cómo saber si sigue vigente?

Muchas gracias,

Vaya, vaya.....ayer hice una solicitud a la DGT sobre el tema y han vuelto a colgar la Instrucción 19/V-134 en su web..... ;)
Gracias..... :D
#2
DGT / Re:Instrucción 19/V-134.-Matriculación de vehículos L1e-A
Martes 27 de Agosto de 2019. 12:55 horas.
Buenos días,
al parecer esta instrucción ha sido retirada de la web de la DGT. Se sabe si es que ha sido derogada o anulada?...cómo saber si sigue vigente?

Muchas gracias,
#3
Temas Generales / Re:DUDA CON CUANTÍA DENUNCIAS ART. 18 (RGralCir.)
Domingo 07 de Abril de 2019. 16:58 horas.
Muchas gracias....coincido.

Un saludo,
#4
Temas Generales / DUDA CON CUANTÍA DENUNCIAS ART. 18 (RGralCir.)
Martes 02 de Abril de 2019. 08:11 horas.
Hola a todos,
mi duda es con la cuantía de las infracciones al Art. 18 del Reglamento Gral. de Circulación. En el codificado DGT están tipificadas como leves (80 eu/40 eu) cuando el punto 4 de este artículo dice textualmente Las infracciones a este precepto tendrán la consideración de graves conforme se prevé en el artículo 65.4.f) y g) del texto artículado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (supongo se refiere al actual Art. 76 sobre infracciones graves).
Muchos municipios codifican estas infracciones al Art. 18 como graves con cuantías de 200 eu/100 eu.
Tiene alguna explicación más allá de que se suponga que el punto 4 hace referencia SOLO a los dos anteriores puntos?.........

Muchas gracias
#5
Transportes / Re:CUANTÍA SEGURO TRANSPORTE ESCOLAR
Jueves 14 de Febrero de 2019. 10:59 horas.
Muchas gracias
#6
Transportes / Re:CUANTÍA SEGURO TRANSPORTE ESCOLAR
Miércoles 13 de Febrero de 2019. 12:20 horas.
Confío en que Inspección de Transportes me la consiga y remita. De todas formas hay muchas menciones en los requisitos exigidos, para la contratación del transporte escolar en varias comunidades, que mencionan esa resolución. La más clara es del Tribunal Administrativo Central que en el 2010 dictó una resolución sobre contratación del transporte escolar en la C. Valenciana y entre los requisitos menciona:

Todos ellos deben cumplir los requisitos exigidos en el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril,
sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores, y disponer de la
siguiente documentación técnica vigente en la fecha de finalización del plazo de
presentación de proposiciones:
•    Permiso de circulación.
•    Autorización de la empresa para el transporte de viajeros.
•    Autorización de transporte regular de uso especial de escolares.
•    Ficha de inspección técnica de vehículos apta para el transporte escolar.
•    Pólizas y recibos del seguro obligatorio de viajeros (SOVI) y del seguro de
responsabilidad civil de suscripción obligatoria, así como la póliza y el recibo del
seguro previsto en el artículo 12 del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre
condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores (tener cubierta de
forma ilimitada su responsabilidad civil por daños y perjuicios sufridos por las
personas transportadas), que, conforme a la Resolución de Coordinación nº 1/2003,
de fecha 16 de junio, de la Dirección General de Transportes por Carretera del
Ministerio de Fomento
, se considera que quienes tengan cubierta la citada
responsabilidad civil hasta un límite máximo de 50 millones de euros, cumplen de
hecho la exigencia de tener cubierta dicha responsabilidad sin limitación alguna en el
ámbito del transporte por carretera. Esta documentación podrá sustituirse por el
correspondiente certificado de la entidad aseguradora, que acredite la vigencia de los
seguros y especifique las matrículas de los vehículos asegurados.


Sigo en ello.....
#7
Transportes / Re:CUANTÍA SEGURO TRANSPORTE ESCOLAR
Lunes 11 de Febrero de 2019. 08:40 horas.
Buenos días, ya lo he encontrado. Efectivamente la cuantía está limitada a 50 millones de euros de responsabilidad civil del transportista por los daños que puedan sufrir los ocupantes de los vehículos (Resolución número 1/2003, de 16 de junio, de la Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento).

Gracias a todos,
#8
Transportes / Re:CUANTÍA SEGURO TRANSPORTE ESCOLAR
Viernes 08 de Febrero de 2019. 15:34 horas.
Si, gracias. Había visto esa cantidad en la ley del seguro pero tenía entendido que eran 50 millones, supongo error mio.
Gracias nuevamente.
#9
Transportes / CUANTÍA SEGURO TRANSPORTE ESCOLAR
Jueves 07 de Febrero de 2019. 16:33 horas.
Hola a todos, el Art. 12 del RD 443/2001 de Transporte Escolar y de Menores señalaba la obligatoriedad de una responsabilidad civil ilimitada por daños. Tengo entendido que posteriormente se limitó a 50 millones.....es así? podéis facilitarme la modificación?

Un saludo y gracias de antemano,

Gabriel :D
#10
Temas Profesionales / Re:VMP o ciclomotores.....
Miércoles 25 de Julio de 2018. 11:00 horas.
muchas gracias, desconocía el reglamento UE que mencionas...

saludos!!
#11
Temas Profesionales / VMP o ciclomotores.....
Sábado 21 de Julio de 2018. 09:13 horas.
Buenos días a todos,
mi consulta va en el siguiente sentido....desde hace un tiempo están proliferando, sobretodo en la zona de playa, los VMP aunque algunos ya parecen verdaderos ciclomotores o incluso motocicletas.
La Vmotor SOCO, por ejemplo, tiene poco que ver con un patinete o un Seedway. Atendiendo a las características del Grupo B de la Instrucción 16/V-124 supera el peso, velocidad máxima e incluso lleva dos asientos. Aunque la Instrucción no dice nada de la potencia máxima, estos vehículos van desde los 800 watios a los 1200 e incluso 2400 watios, todo ello sin matricular y únicamente con un seguro de responsabilidad civil de la empresa de alquiler. Se retiran y trasladan al depósito por sus especiales características pero son recuperadas por los propietarios mediante un camión o furgoneta....podéis ofrecerme alguna opinión al respecto?

Muchas gracias,
#12
Temas Profesionales / Re:SOBRE PEGATINA ITV
Viernes 06 de Julio de 2018. 08:52 horas.
Muchas gracias x tu aporte.....

#13
Temas Profesionales / Re:SOBRE PEGATINA ITV
Miércoles 04 de Julio de 2018. 12:39 horas.
Efectivamente, se cual es la señal V-14 pero por analogía en  las plasmadas en el propio ANEXO XI que cita ese código....además supongo que la responsabilidad sería del titular si no coincide con el conductor.
Y muy bueno el enlace..... ;)

Saludos y agradecido por tu aportación,
#14
Temas Profesionales / SOBRE PEGATINA ITV
Miércoles 04 de Julio de 2018. 10:35 horas.
Hola a todos,
mi consulta va sobre una casuística que se está dando últimamente de manera frecuente. Se trata de vehículos que hacen uso del distintivo de inspección V-19 obtenido de forma desconocida si bien los vehículos en cuestión no han pasado la ITV en plazo.
Podría aplicarse el Art. 400 bis del Código Penal que establece una forma de falsificación en documento público a quien hace uso de un documento original por parte de quien no está legitimado para ello (más bien pensado, creo, para utilización de tarjetas o documentos de otra persona o casos de más relevancia) aunque ADMINISTRATIVAMENTE cabría la aplicación de la codificación VEH 018 1 5E por circular con el vehículo reseñado teniendo instaladas señales para dar a conocer a los usuarios determinadas circunstancias o características relativas al servicio o carga del mismo no ajustándose a lo dispuesto reglamentariamente....... o por VEH 018 1 5C por circular con el vehículo teniendo instalada la señal V-14 sin encontrarse en el momento de los hechos realizando o ejerciendo las funciones reglamentariamente establecidas..... (acompañadas de la correspondiente a su situación de ITV). Es correcto?

Gracias, :D