Buenos días compañeros. Alguno podría indicarme si es denunciable circular llevando instalada la bola de enganche desmontable sin remolque? a qué arts.?. Se supone que obstaculiza la lectura de la matrícula. Gracias!!!
Actualmente, no hay nada que obligue a retirar la bola de enganche desmontable, y por lo tanto, ese hecho como tal, no es denunciable.
En el caso que comentas, es denunciable por el art. 10 ap. 2 op. 5A de la LSV, pues dificulta la lectura de la placa de matrícula, estando en este caso obligado el conductor a retirar la bola de enganche al ser desmontable, en base a la
Directiva Europea 94/20/CE relativa a los dispositivos mecánicos de acoplamiento de los vehículos de motor y sus remolques y a su sujeción a dichos vehículos, en su ANEXO VII, apartado 2.1.4 dice:
“La bola de remolque instalada no deberá quitar luz ni visibilidad a la matrícula trasera; si esto no fuera posible, deberá utilizarse una bola de remolque que pueda desmontarse sin herramientas especiales”Podemos deducir que si el vehículo que lleva la bola desmontable, ésta interfiere en la lectura de la placa de matrícula, no se podrá instalar bola fija (aunque todos sabemos que la instalan y homologan en la TIT) y tendrá que ser obligatoriamente una desmontable, y por lo tanto, se tendrá que desmontar la bola cuando no se haga uso de ella, siempre y cuando interfiera en una correcta lectura de la placa de matrícula.