
Cita de: epsm en Martes 03 de Abril de 2018. 10:43 horas.Si esta estacionado y no circula seria infracción grave...Buenos Días, creo que estás equivocado, el artículo que mencionas es cuando un vehículo dado de baja esta CIRCULANDO y este no es el caso
Poner en circulación el vehículo reseñado careciendo de la correspondiente autorización administrativa figurando en situación de baja en el registro de vehículos. Artículo. 1.2.5D. Leg. VEH Calif. G. Importe: 200€ Puntos 0.
Cita de: isaacmk4 en Martes 12 de Mayo de 2026. 13:00 horas.buenas. esta anotacion denegatoria, implica denuncia administriva. bien, por el RGCON 1.1.5A o el 1.1.5D?Por ninguno de esos, es por el 73-2-5A de la LSV
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