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#11
Vehículos VMP / SOBRE ACTUACIÓN CON SCOOTER EL...
Último mensaje por BALOTELLI - Jueves 09 de Julio de 2026. 07:08 horas.
Buenos días, quería aclarar algunas dudas acerca de una intervención producida con ese tipo de vehículo.
Se trata del Kukirin g2 master, en la  web oficial lo anuncia como scooter eléctrico, no está homologado como VMP / VPL, CHINA EXPORT, supera los 70 hasta 80 km/h, tiene dos motores de 1000 w, que se desconecta y conecta single-dual pudiendo quedarse limitado a 16-25 km/h.
Bajo mi punto de vista, reúne todos los requisitos para poder catalogarlo como ciclomotor / motocicleta (no lleva asiento). Entonces en la conducción tendríamos en cuenta, posesión de permiso de conducir de la clase que sea, y demás documentación del vehículo.
Se debería, en caso  de carecer de permiso, realizar informe pericial para demostrar su asimilación a ciclomotor / motocicleta, apoyado con informe de ITV, y demás diligencias.
A la espera de contestación de si alguien ha intervenido con este aparato y modo de proceder.
Un saludo gracias.
#12
DGT / Re:INSTRUCCION DGT ACLARA LAS ...
Último mensaje por thetrooper69 - Lunes 06 de Julio de 2026. 12:11 horas.
Muchísimas gracias por el aporte
#13
DGT / Re:INSTRUCCION DGT ACLARA LAS ...
Último mensaje por BALOTELLI - Lunes 06 de Julio de 2026. 08:09 horas.
Artículo 11 del REGLAMENTO (CE) No 2169/2005 DEL CONSEJO de 21 de diciembre de 2005 por el que se modifica el Reglamento (CE) no 974/98 sobre la introducción del euro.
"Excepto la autoridad emisora y las personas designadas específicamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a aceptar más de 50 monedas en un único pago"
#14
Seguro / Re:Entrega de atestados
Último mensaje por thetrooper69 - Viernes 03 de Julio de 2026. 18:48 horas.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encargadas de la vigilancia del tráfico facilitarán de
forma gratuita, a petición de los perjudicados, entidades aseguradoras, o sus representantes,
y del Consorcio de Compensación de Seguros, copia del atestado o informe equivalente en
el que conste toda la información sobre las circunstancias del accidente, incluso cuando lo
hayan remitido a la autoridad judicial competente.
Buenas tardes, esto que tu escribes ocurria hace muchisimos años. De hecho, yo me he inflado a hacer fotocopias de los atestados para las compañias aseguradoras
Hoy en dia, ESTO YA NO SE HACE, en el momento que realizas unas diligencias las compañias de seguros acceden a traves del programa "ARENA" que para eso se creo en su dia
espero que te haya sacado de dudas
#15
DGT / INSTRUCCION DGT ACLARA LAS MON...
Último mensaje por thetrooper69 - Viernes 03 de Julio de 2026. 18:45 horas.
Buenas tardes
Hace muchisimos años, lei una instruccion de la Direccion General de Trafico en la cual se especificaba la cantidad de monedas que nos podian dar cuando se efectuaba el pago de una denuncia en metalico
me explicare: Una persona para pagar una denuncia NO puede darnos 100 monedas de un centimo por ejemplo
ALGUIEN PODRIA PONER EN ESTE APARTADO DICHA INSTRUCCION?
Le quedaria muy agradecido
Buen verano a tod@s
#16
Códigos electrónicos / Re:Código de Tráfico y Segurid...
Último mensaje por Dikxon - Jueves 02 de Julio de 2026. 19:03 horas.
El código «Código de Tráfico y Seguridad Vial» ha sido actualizado el 29 de junio de 2026,
por modificaciones incorporadas en:
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
ANEXO I Conceptos básicos
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo
Artículo 12. Normas relativas a ciclomotores y motocicletas.
Artículo 18. Otras obligaciones del conductor.
Artículo 31. Utilización de los carriles, fuera de poblado, en calzadas con más de un carril para el mismo sentido de marcha.
Artículo 32. Carriles de emergencia.
Artículo 35. Utilización de los carriles en función de la velocidad señalizada y de los reservados a determinados vehículos y a ciertas maniobras.
Artículo 36. Utilización de los arcenes.
Artículo 38. Circulación en autopistas, autovías y otras vías.
Artículo 48. Velocidades máximas en vías fuera de poblado.
Artículo 64. Normas generales y prioridad de paso de ciclistas.
Artículo 65. Supuestos de prioridad de paso de los peatones sobre los conductores.
Artículo 69. Comportamiento de los demás conductores respecto de los vehículos prioritarios.
Artículo 85. Obligaciones del que adelanta durante la ejecución de la maniobra.
Artículo 87. Prohibiciones.
Artículo 88. Vehículos inmovilizados.
Artículo 92. Colocación del vehículo.
Artículo 93. Ordenanzas municipales.
Artículo 98. Normas generales.
Artículo 118. Cascos y otros elementos de protección.
Artículo 119. Exenciones.
Artículo 121. Normas generales.
Artículo 122. Circulación por la calzada o el arcén.
Artículo 123. Visibilidad del peatón.
Artículo 124. Pasos para peatones y cruce de calzadas.
Artículo 125. Normas relativas a circulación de peatones por autopistas y autovías.
TÍTULO VI
Artículo 151. Marco general.
Artículo 152. Normas básicas relativas a movilidad y estancia de peatones en la vía pública.
Artículo 153. Normas básicas de circulación de bicicletas.
Artículo 154. Otras normas relativas a la circulación en bicicleta y demás ciclos.
Artículo 155. Normas básicas relativas a vehículos de movilidad personal, patines y monopatines.
Artículo 156. Régimen de parada y estacionamiento.
Artículo 157. Restricciones por motivos medioambientales.
Artículo 158. Caminos escolares seguros y otras medidas de protección a usuarios vulnerables.
4
Resolución de 14 de enero de 2026, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2026
ANEXO I Restricciones a pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos en carretera
ANEXO II Restricciones a la circulación de: vehículos de más de 7.500 Kg de MMA, vehículos que precisen autorización complementaria y vehículos especiales (apartados b.1.1 y b.3.1 de esta resolución)
ANEXO IV Red de itinerarios para mercancías peligrosas (RIMP)
ANEXO VIII Carreteras con medidas excepcionales de circulación por elevada concentración de vehículos en determinados lugares de especial protección, acontecimientos deportivos y otros eventos (apartado D.1.2 de la resolución)
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos
ANEXO XII ACCESORIOS, REPUESTOS Y HERRAMIENTAS DE LOS VEHÍCULOS
#18
Seguro / Entrega de atestados
Último mensaje por jet - Martes 30 de Junio de 2026. 11:55 horas.
En relación con la modificación del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, en cuyo artículo 7, establece:

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encargadas de la vigilancia del tráfico facilitarán de
forma gratuita, a petición de los perjudicados, entidades aseguradoras, o sus representantes,
y del Consorcio de Compensación de Seguros, copia del atestado o informe equivalente en
el que conste toda la información sobre las circunstancias del accidente, incluso cuando lo
hayan remitido a la autoridad judicial competente.

Quisiera saber cual está siendo el criterio en lo relativo a FACILITAR COPIA DEL ATESTADO O INFORME EQUIVALENTE INCULSO CUANDO HAYAN SIDO REMITIDOS A LA AUTORIDAD JUDICIAL COMPETENTE.

La norma lo deja claro, pero me pregunto si esta entrega (limitada en datos de carácter personal) colisiona con la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la protección de datos en cuanto a quien corresponde la responsabilidad del tratamiento de dicho documento una vez entregado y las posibles restricciones judiciales.

Gracias
#19
Códigos electrónicos / Re:Reglamentación de Vehículos...
Último mensaje por Dikxon - Sábado 27 de Junio de 2026. 10:51 horas.
El código «Reglamentación de Vehículos» ha sido actualizado el 26 de junio de 2026,
por modificaciones incorporadas en:
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos
ANEXO XII ACCESORIOS, REPUESTOS Y HERRAMIENTAS DE LOS VEHÍCULOS
#20
RGCir. / RD 518/2026, que modifica el R...
Último mensaje por Dikxon - Viernes 26 de Junio de 2026. 08:24 horas.
Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de protección a usuarios vulnerables de la vía.